jueves, 19 de febrero de 2015

Operaciones al menudeo a través del Sistema Marginal de Divisas (Simadi),

Comienza compra y venta de divisas al menudeo




Casas de cambio



 Desde hoy las personas naturales pueden transar con divisas mediante la banca pública y privada, las casas de cambio, los Operadores de Valores Autorizados y la Bolsa Pública de Valores. 


Las personas naturales que quieran comprar divisas en efectivo podrán acudir hoy a las casas de cambio cuando se da inicio a las operaciones al menudeo a través del Sistema Marginal de Divisas (Simadi), después del asueto de Carnaval que detuvo las transacciones de la banca, casas de cambio y Operadores de Valores Autorizados.
En entrevistas a medios nacionales, el presidente del Banco Central de Venezuela (BCV), Nelson Merentes, explicó que el Simadi es el tercer componente del nuevo sistema cambiario en el que pueden participar personas naturales y jurídicas.
Los intermediarios son la banca pública y privada, las casas de cambio, los Operadores de Valores Autorizados y la Bolsa Pública de Valores Bicentenaria. Se permite comprar y vender divisas y títulos valores.
Precisó que pueden vender todas aquellas personas que tengan dólares, incluyendo a los turistas, a empresas privadas y públicas, entre ellas Pdvsa, y remesas familiares. El BCV también puede intervenir.
“Cualquier empresario que tenga sus dólares puede vender. Le quedará su comprobante de venta. Un turista, igualmente. Si usa la tarjeta de crédito, se tomará la fecha y se le aplicará la tasa del Simadi de ese día. Las remesas que envíen familiares del exterior deberán cambiarse a la tasa que rija. La industria petrolera podrá actuar en cualquiera de los tres esquemas, en coordinación con el BCV, para buscar el equilibrio”, puntualizó.
Agregó que entre los demandantes están las personas naturales y las empresas que por algún motivo  deban acudir a este esquema. Quienes deseen hacer cualquier operación deben tener una cuenta en dólares en un banco nacional, como lo establece el Convenio Cambiario N° 20 del 14 de junio de 2012.
En este sentido, explicó que la estructura del Simadi tiene tres componentes: el menudeo que es el efectivo y se hará a través de las Casas de Cambio, las operaciones de cantidades un poco mayor que la van a hacer los Operadores de Valores Autorizados, donde se podrá transar en transferencias bancarias y también se harán permutas, y el tercero que es básicamente entre los bancos, la Bolsa y la Casa de Cambio correspondiente.

En casas de cambio

El Convenio Cambiario N° 33 que rige el funcionamiento del sistema, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.171 del 10 de febrero por el Ministerio para Economía, Finanzas y Banca Pública y el BCV, establece que en el mercado al menudeo podrán actuar como intermediarios los bancos universales y las casas de cambio.
Se podrá efectuar la compraventa de divisas en billetes extranjeros, cheques de viajeros, o de divisas a personas naturales a través de transferencias, así como la compra de cheques cifrados en moneda extranjera y las operaciones de cambio vinculadas al servicio de encomienda electrónica.
El monto máximo que podrá comprar cada persona natural en  las casas de cambio es de 300 dólares diarios o su equivalente en otra divisa. Cuando “tenga por objeto billetes extranjeros” no podrá ser superior a $200. Por mes el tope es de 2 mil dólares y por año de 10 mil dólares. En el caso de los bancos, el monto mínimo de venta de divisas es de $ 300.
Se debe indicar el origen y destino lícito de los recursos y cumplir con la regulación que dicte el BCV y las normas de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban).
En el convenio N° 33 se precisa que las operaciones de venta de divisas a través de los bancos universales “se ejecutarán únicamente contra el cargo de la cuenta de depósito en bolívares que mantenga en esa institución bancaria el cliente de la operación cambiaria, y se acreditarán en el caso de las transferencias a cuentas abiertas a nombre de éste en el sistema financiero nacional”.
El tipo de cambio que se aplicará  al menudeo será el promedio ponderado de las operaciones transadas cada día, como parte de la oferta y la demanda, correspondiente al día anterior a la operación.
Se expone que “dicho tipo de cambio se aplicará a las operaciones de compra de divisas en este mercado, reducido en un cero coma veinticinco por ciento (0,25%)”.
El BCV debe llevar un registro diario en su plataforma tecnológica y publicarlo en su página web. Además, los intermediarios tienen que registrar en dicha plataforma el detalle de las transacciones que efectúen. Los montos topes serán verificados automáticamente por las casas de cambio.
En el caso de los turistas podrán vender sus divisas en cualquiera de los 3 mil 792 puntos dispuestos en el territorio nacional sin limitación alguna en cuanto al monto.
La normativa establece  que los intermediarios tienen el deber de anunciar en sus oficinas el tipo de cambio de referencia y, a través de avisos, informar el porcentaje o monto aplicable por comisión.

info divisas


Operaciones de negociación

Para las operaciones de negociación de divisas en moneda nacional se estableció un monto mínimo de 3 mil dólares. Participan como intermediarios los bancos universales mediante sus mesas de cambio, quienes canalizarán los flujos de divisas entre demandantes y oferentes.
Las órdenes de compra y venta “sólo podrán ser realizadas y cruzadas entre clientes de la misma institución que opera la mesa”.
Si la institución bancaria intermediaria detenta un excedente de oferta que no pueda pactar, deberá ofrecerlo al BCV a través de su mesa de cambio, entidad que se reserva el derecho de adquirir la totalidad o parte de la oferta.
En este caso las operaciones serán de contado y se liquidarán al segundo día hábil “inmediatamente siguiente al pacto”.
La Sudeban y la Superintendencia Nacional de Valores publicaron, el 11 de febrero, las normas generales para este tipo de negociación.
En el documento se reitera que los bancos universales, los Operadores de Valores Autorizados y la Bolsa Pública de Valores Bicentenaria, únicamente podrán canalizar las negociaciones entre clientes de la misma institución financiera. Deben garantizar la existencia de los valores por ser negociados.

Las personas naturales, demandantes u oferentes residenciados en el país tienen que consignar: original y copia de la cédula de identidad y el Registro de Información Fiscal (RIF) o ejemplar del comprobante digital vigente.
Además, se requiere  como mínimo los siguientes datos: apellidos y nombres, tipo y número del documento de identidad, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, dirección y teléfono de domicilio, origen de los fondos, profesión u oficio, actividad económica, dirección y teléfono de la empresa donde trabaja, monto del salario y otros ingresos mensuales y huella dactilar de los clientes. Esta información se mantendrá en una “Ficha de Identificación del cliente”, que será archivada y registrada en medios informáticos.
A las personas no residenciadas en el país se les solicitará original y copia del pasaporte.


Títulos valores

La negociación de títulos podrá llevarse a cabo únicamente a través de la Bolsa Pública de Valores Bicentenaria. Allí se transarán papeles emitidos por entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, “que tengan cotización en mercados internacionales regulados”. El BCV es el que tendrá la custodia de los títulos que se negocien.
El jueves y viernes después de publicado el convenio, la tasa Simadi fue de 170 y 174 bolívares por dólar, respectivamente. Ayer se fijó en 172 bolívares por US DOLLAR.

1 comentario:

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