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jueves, 23 de octubre de 2014

21 años de disputa legal contra el diario El Nacional

El Dr. Adolfredo Pulido Mora, médico neurocirujano con más de 30 años de experiencia, logró una victoria por parte de los tribunales penales luego de que, en 1990, fuera atacado de forma sistemática por las periodistas Ybellise Pacheco y Hercilia Garnica, del diario El Nacional, quienes le dedicaron seis portadas consecutivas del mencionado diario, acusándolo de mala praxis médica. Luego de 21 años de disputa legal contra el diario privado El Nacional por presuntos daños morales ocasionados al doctor Adolfredo Pulido Mora, médico neurocirujano y ex jefe de servicio en el hospital Lídice de Caracas, fue dictada una sentencia judicial que obliga a la directiva del medio de comunicación a cancelar la suma de 4,5 millones de bolívares por indemnización moral.

Después de 21 años de disputa legal contra el diario El Nacional por presuntos daños morales al doctor Adolfredo Pulido Mora, médico neurocirujano y ex trabajador del hospital de Lídice de Caracas, fue dictada una sentencia judicial que obliga a la directiva del medio de comunicación a cancelar la suma de 4,5 millones de bolívares por indemnización moral. Dicha sentencia fue emitida por el Tribunal Primero Superior en lo Civil, informó Pulido Mora entrevistado este lunes en Toda Venezuela, programa que transmite Venezolana de Televisión (VTV).
La periodista Pacheco tiene un largo historial de casos de difamaciones; entre otros, el coronel Angel Bellorín la demandó en 2002 por difamación, y en 2003 también acudió a tribunales luego de publicar acusaciones contra un hijo del entonces ministro Alí Rodríguez, cuando él había fallecido años atrás.



Dicha sentencia fue emitida por el Tribunal Primero Superior en lo Civil, informó Pulido Mora entrevistado este lunes en Toda Venezuela, programa que transmite Venezolana de Televisión (VTV).

En su testimonio, Pulido recordó que fue víctima de una campaña de descrédito, vilipendio y difamación de parte de un grupo de seis médicos, ex trabajadores de El Lídice, en conjunto con la directiva del diario El Nacional y las periodista Ibeyice Pacheco y Hercilia Garnica Meza.

“Hubo una campaña de descrédito profesional y personal en mi contra, planificada durante cinco días seguidos que ocupaban la totalidad de la portada del cuerpo C de El Nacional, donde en resumen se decía que yo había matado a dos pacientes y había generado lesiones irreversibles a otros tres”, relató el cirujano.

Criticó la actuación de la periodista Ibeyice Pacheco y el silencio por parte del Colegio Nacional de Periodistas (CNP) ante este tipo de prácticas antiéticas debido a que “en ningún momento como se establece en la Ley de Ejercicio del Periodismo y el Código de Ética del Periodista, fui llamado para dar mi versión y conocer mi verdad”.

Pulido Mora califica el hecho como una “campaña atroz” que confabuló la camaradería entre seis médicos con expediente por incumplimiento de sus responsabilidades laborales, el dueño de un influyente medio de comunicación y dos periodistas.



El neurocirujano lamentó que aquel acto perjudicial en su vida personal y profesional generara repercusiones morales a su familia.

“Todos los seres tenemos un valor, tenemos un mérito, una trayectoria. La mía nace del campo de la medicina y la neurocirugía los cuales se vieron afectados en su totalidad en mi persona, más la influencia sobre la familia”, expresó.


Luego de nueve años de proceso legal contra el diario El Nacional y administrativo contra las periodistas Pacheco y Garnica Meza, el cual resultó a su favor, en el 2001 Pulido Mora decidió abrir un proceso civil por daños morales cuya sentencia, determinada la semana pasada, dictaminó una indemnización por 4,5 millones de bolívares.


El caso Expediente Administrativo.


En 1990, en su condición de jefe del servicio de Neurocirujía del hospital Lídice de Caracas, Pulido Mora abrió un expediente administrativo contra los doctores Santos E. Capriles, Marcos González y Aquiles Alcalá por incumplimiento al horario de trabajo, lo que generó una sanción por dos años de suspensión de derechos gremiales y profesionales.

Dicha sanción fue la causa para que los mencionados galenos, haciendo uso de un presunto nexo amistoso con el director del diario El Nacional, iniciaran una campaña de descrédito y difamación en su contra.

Según relató y lo que registran las ediciones de El Nacional para aquella época, fueron publicados cinco reportajes a página completa, durante cinco días consecutivos, en los que se señalaba a Pulido Mora de haber realizado mala práxis médica contra tres pacientes y de ser el causante de la muerte de dos personas.

Incluso, el diario El Nacional informó que Pulido Mora habría enviado una carta con un presunto derecho a réplica, que fue desmentido por el galeno en su oportunidad.

La resolución, luego de 21 años

“Sé justo en el momento preciso. Toda justicia que tarda es injusticia”
―Marcel Schwob

La medida dictada por el Tribunal Primero Superior en lo Civil estableció que el diario El Nacional, además de pagar 4,5 millones de bolívares por daños morales, deberá otorgar a Pulido Mora la misma cantidad de páginas (5), en el mismo cuerpo (C) del diario para ejercer su derecho a réplica.

Vale decir que algunas de las denuncias del Dr. Pulido prescribieron y ahora está por iniciar una por DDHH que no prescriben contra estos nefastos y poco biín condenados personajes: EL NAZIONAL y sus dos cancerberas y poco éticas periodistas.


La periodista Ibeyise Pacheco


No es la primera vez que Ibeyise Pacheco se ve involucrada en un caso como este. En 2006 debió disculparse públicamente luego de que el coronel Angel Bellorín interpusiera una demanda contra ella, por publicar acusaciones falsas en su contra en su columna de El Nacional el 15 de junio de 2001. Pacheco lo acusó de haber cambiado una calificación en la Universidad Santa María, así como en su hoja de servicios. Bellorín aseguró que, a pesar de que él le envió todos los documentos probatorios de la falsedad de las acusaciones, Pacheco nunca rectificó, por lo que decidió demandarla penalmente por difamación agravada continuada el 22 de mayo de 2002. En 2007, Bellorín demandó a El Nacional por daños morales.

El 14 de febrero del 2003, en su columna “En Privado”, Pacheco publicó una información falsa y difamante contra un hijo del entonces ministro Alí Rodríguez, haciendo acusaciones contra él a pesar de que había fallecido años atrás.  Fue acusada penalmente, pero tras una audiencia de conciliación reconoció su error públicamente en su columna en julio de ese año.

Ibeyise Pacheco es autora del libro : Sangre en el diván: el extraordinario caso del Dr. Chirinos

En 2006, el abogado Bellorín publicó una lista de casos en los que la periodista Pacheco había cometido errores semejantes.

Ver el texto  de la sentencia TSJ


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martes, 23 de septiembre de 2014

Hecha la ley Hecha la Tampa

por Gonzalo López Alba.
 
Si vendrá la cosa de antiguo, que la máxima hecha la ley, hecha la trampa procede del latín inventa lege, inventa fraude. Traducido al román paladino, aunque sea superfluo en este caso: cada nueva ley estimula la imaginación para evadirse de su carga, y más si hay dinero de por medio. Por si quedaba alguna duda sobre la vigencia de esta pauta de comportamiento humano, el exhaustivo informe de interviú sobre los contratos públicos a dedo corrobora su inmortalidad, con el agravante de que una cosa es el comportamiento malicioso de un particular y otra muy distinta el de quienes representan al Estado, que –y esto sí que no es superfluo recordarlo– somos todos. Como advirtió Tzvetan Todorov  (Los enemigos de la democracia), “las amenazas que pesan hoy en día sobre la democracia proceden no de fuera, de los que se presentan abiertamente como sus enemigos, sino de dentro, de ideologías, movimientos y actuaciones que dicen defender sus valores”. De poco o nada sirve que se apruebe una Ley de Transparencia –o un centenar– si luego se teje una maraña que ahoga al ciudadano en un maremágnum de indescifrable información en bruto. Lo más desalentador es que estas prácticas y hábitos parecen formar parte de la idiosincrasia española, pues ya Gregorio Marañón, al historiar la primera mitad del siglo XVII, concluyó: “No se atrevió el país a afrontar el problema en su real interpretación y magnitud: en el reconocimiento de la podredumbre de todos los resortes del Estado, que hacían menester una renovación tan honda que hubiera tenido que empezar por la de cada uno de los ciudadanos”. Cuatro siglos después, seguimos igual.

El DERECHO Y LA JUSTICIA: lo justo y lo injusto


1. El Derecho y La Justicia

Vivimos en una sociedad donde cada uno sabe que tiene unos “derechos” por los cuales de vez en cuando se entra en discusión con los demás. Para convivir los unos con los otros sin problemas debemos respetar esos derechos y por ello es necesario el Derecho ya que sin él podíamos entrar en un caos.

A menudo decimos o escuchamos que ”la justicia no es igual para todos” o “ hecha la ley, hecha la trampa”.

Hay un dicho latino que se refiere a los 2 campos, los cuales vamos a tratar “ius quia iustum , non ius quia iussum” que traducido diría: El Derecho debe ser obedecido no tanto porque está mandado y es una ley , sino porque lo que se manda es justo , porque busca el ideal de la justicia”.

2. El Derecho

Se pueden considerar tres definiciones :

1ª Como ciencia, el estudio del hecho jurídico a través del tiempo

2ª El derecho objetivo, el conjunto de leyes que regulan y dirigen. la conducta de la sociedad

3ª El derecho subjetivo, el poder que tiene alguien para poder exigir algo

ciñiendose a las leyes y al orden jurídico que lo protege. Son facultades

concedidas por el derecho objetivo.

El derecho en si, es la actividad racionalizadora de la convivencia, se circunscrive en la ley y con lleva exigencias éticas y responsabilidades políticas.

2.1. Sus características

Existen muchos tipos de normas. Para que haya derecho se requiere que las leyes cumplan unas condiciones:

    Racionalidad.

    Libertad o tolerancia, en igualdad de condiciones .

    Reciprocidad, tu debes respetar los derechos de los demás y a la inversa.

    Universalidad, debe ser igual para todos.

    Publicidad, una ley sol podrá ponerse en practica si ha sido comunicada.

    Existencia de una autoridad.

    Coactividad, la capacidad de castigar a quienes incumplen las leyes ,es la fuerza de la ley.

2.2. Finalidades y Exigencias

Es propio de las sociedades humanas ya que poseen un lenguaje y una capacidad racional superior a la de las demás especies animales.

Su fin fundamental es, el de mantener el orden y la paz de un grupo social determinado, tanto relaciones sociales, políticas como económicas. Para poder ejercer esta característica es esencial la autoridad del Estado.

El problema sobre la finalidad es, que en la teoría esta muy bien, pero en la práctica siempre será un mecanismo de control; puesto que, nunca el orden legal y jurídico ha sido neutral y casi siempre ha favorecido a los grupos dominantes y siempre ha sido utilizado contra los más débiles , ignorantes y pobres de cada comunidad.

Su exigencia es, que se cumpla la ley y que la autoridad sea obedecida. La ley es la máxima representación del Derecho. En épocas anteriores existían súbditos en vez de ciudadanos, y ahí quien no cumpliera las leyes era encarcelado, juzgado y condenado., en cambio, en nuestra sociedad el Derecho es la pieza clave para resolver pacíficamente los problemas.

Su principal problema es la desobediencia civil , que se trata de individuos organizados que desobedecen las leyes.

2.3.Derechos y deberes legales

Cualquier ordenamiento jurídico dicta unos derechos y sus correspondientes deberes.

En una sociedad tan tecnificada y compleja como la que vivimos van cambiando las necesidades de regulación jurídica de las nuevas relaciones.

Un derecho legal es una norma jurídica de un determinado sistema legal, que recoge las exigencia de los individuos respecto a su satisfacción por las autoridades. Todo derecho tiene su deber, el cual debe cumplir. Este tipo de lógica , la de reciprocidad , es básica en el derecho para una buena convivencia.

Los derechos y los deberes en el campo jurídico son los que crean conflictos en los deberes morales. Estos dilemas son los que establecen el alejamiento entre los derechos legales o legalidad y los derechos morales o legitimidad.

2.4. Las filosofías del derecho

La filosofía del derecho es la disciplina que estudia el fundamento del derecho, su naturaleza y su valor en relación con los valores éticos y políticos. Esta filosofía a dado lugar a tres grandes tendencias filosóficas:

El iusnaturalismo jurídico; su importancia histórica consiste e haber laicalizado la idea de estado y en haber dado un fundamento humano al poder de quien gobierna además , en haber vinculado la actividad del legislador a algunos principios universales , mas allá de los cuales no existe ley, sino únicamente arbitrariedad . En la base de la doctrina se encuentra la noción fundamental de un estado de naturaleza como condición originaria del hombre, anterior a la institución de una convivencia organizada y regulada por leyes positivas, este estado de naturaleza pensado como situación hipotética de la que no se postula la existencia sino que se construye por vía racional despojando a los hombres de todas las leyes, costumbres y hábitos contraidos de la sociedad civil, es mostrado en cuanto es, aun tiempo, el substrato común de todas las sociedades y la condición natural del hombre anterior a todo artificio. Excepto para Hobbes (que considera el estado de naturales como un estado de guerra perpetua como resultado del derecho de todos sobre todo) y para Rousseau (que ve en el estado de naturaleza una condición puramente animal, donde no existe forma alguna de asociación y de relación interhumana), para los iusnaturalistas el estado de naturaleza es una forma de vida social en la que son ya reconocibles algunos derechos originarios e iremplazables (vida, libertad, propiedad). Tras estudios, ahora nadie puede sostener con rotundidad que la naturaleza humana es única inmutable e igual en todos los seres humanos.

El positivismo jurídico: Este tipo surgió como reacción al iusnaturalismo intentando introducir un relativismo y pluralismo axiológico contra la verdad absoluta y la justificación única del Derecho Natural.

En su tesis el Derecho positivo es el único existente, ya que solamente existen normas que regulan hechos y solo existe una lógica jurídica basada en proposiciones fácticas.

Alaba la separación entre la ética y el Derecho, entre los hechos y valores. El moderno positivismo jurídico, inspirados por el positivismo lógico del circulo de Viena, niega los dictámenes de valor acerca de lo bueno y lo malo o proceder del sentimiento. La Ciencia y la lógica jurídica son discursos, sin ideologías o filosofías y neutrales respecto a la ética, los valores y la justicia. Al hablar de Norberto Bobbio hablamos de un filosofo que representó un papel importantísimo en la evolución del positivismo jurídico el critico elaborando unas síntesis de extrema calidad sobre la filosofía del Derecho. Al pasarse la vida comparando y estudiando las pros y los contras tanto del iusnaturalismo como el positivismo jurídico al final con sus conclusiones propuso la teoría critica del Derecho.

Los derechos humanos es en lo que se fundamentan los Derechos. Estos son un conjunto de derechos que han sido pactados por todos los estados del mundo y que están aplicados a toda persona, se basan en su dignidad personal y deben ser respetados por todo ordenamiento jurídico. Es mas o menos un intento por superar tanto el iusnaturalismo como el positivismo jurídico. La raíz latina de las palabras Derecho y justicia es la misma “ius”

3. La Justicia

Esta palabra tiene dos definiciones:

1ª Como institución social; conjunto de órganos que constituyen el poder

jurisdiccional del Estado, y cuya función consiste en aplicar las normas de

derecho, ya para declara y proteger los derechos subjetivos cuando son

desconocidos, ya para sancionar la violación de las mismas. Su actividad

constituye la administración de la justa.

2ª virtud moral; hacer lo que es correcto y decir lo que es de cada uno por

méritos o necesidades.

En su significado ético y filosófico es el respeto de los derechos de cada uno. Es la regla que preside las relaciones sociales entre individuos. Si existiera un “suyo” entonces ese poseedor tendría derecho a ello. La justicia presupone el derecho y sin el no hay justicia. La balanza que simboliza la justicia expresa ese equilibrio entre los derechos y los deberes que debemos seguir.

3.1.Sus Características

La justicia trata acciones que deben estar relacionadas con los demás es decir con el exterior. Es un tipo de eje ético de toda vida social , política y y económica y es un horizonte axiológico o relativo a los valores al que debe aspirar todo sistema jurídico.

Tiene cuatro esenciales:

- Alteridad: se debe dar entre varias personas; es interpersonal.

- Igualdad: solo se da entre personas. Ha de haber una igualdad en la

distribución de los bienes esenciales para la dignidad del hombre

aunque habrán desigualdades naturales como la fuerza, la inteligencia... .

Todos son iguales en derecho a pesar de sus desigualdades, tienen derecho a

participar de la dignidad humana

- Libertad: el libre desarrollo del individuo y solo la libertad puede ser restringida por

amor a la libertad.

- Deuda: una de las partes debe algo a la otra y una vez pagada termina la relación de

Justicia.

Hay otras relaciones a parte de la justicia que ordenan la sociedad, como la amistad aunque en esta falta a la deuda porque uno al ser amigo de alguien no es, porque él le debe algo, no; como esta hay mas como la solidaridad... son complementarias de la justicia. La justicia nos lleva ala cabeza una idea de rigor, de proporcionalidad, , de rectitud... .

3.2.Sus teorías

Todas las filosofías se han planteado y han dado una teoría sobre la Justicia, una idea de un mundo justo frente a una sociedad llena de injusticias.

Filosofía griega; la justicia conectándola con la vida en la ciudad-estado, estos defendían que las leyes de una sociedad eran una convención humana y no tenían fundamento racional, e incluso algunos sostenían la idea que era “ley” - “nomos” impuesta por el mas fuerte.

Platón; intentó fundamentar la idea de justicia en la “polis” creando un tipo de sociedad perfectamente organizada, la justicia sería el resultado armónico del funcionamiento de cada grupo social.

Aristóteles; concibió la justicia como el bien individual y social al mismo tiempo. Debe residir en el desarrollo y en la ejecución de todas las capacidades de cada persona.

Cristianismo; basó la justicia en “la ley natural” y en el “Derecho Natural”:

Santo Tomas de Aquino distinguió:

- Justicia conmutativa. Igualdad de trato a todas las personas

- Justicia distributiva , la proporcionalidad en el reparto de los bienes

económicos.

- Justicia legal, igualdad de todos ante la ley

La Iglesia Católica desarrollo desde el siglo XIX una doctrina donde adecuaba la doctrina de Tomas y la llamó justicia social, consistía en que las desigualdades sociales y económicas de la actualidad en el capitalismo deben ser superadas en nombre de la justicia social.

En la actualidad la filosofía moral y política se divide en dos tendencias contrapuestas. La teoría neocontractualista de J. Rawls defiende la idea de Justicia como imparcialidad consistente en el consenso y la adhesión al sistema democrático y jurídico vigente. El marxismo de la Escuela de Frankfurt también colaboró por lo que dijeron que la ética se debía de llevar al terreno del discurso y la argumentación, y se ha de suponer una situación ideal de diálogo, en el que todos los interlocutores se expresen racionalmente en igualdad de condiciones pero esto es casi imposible ya que el discurso es una práctica social y no se puede partir de una situación ideal que nunca existe.

El porqué de que no haiga una definición concreta de Justicia es, porque, és más fácil profundizar en teorías sobre la democracia, concretar procedimientos formales antes que, de temas como el de la justicia, donde hay que definir qué se debe considerar una ley justa y el cómo avanzar hacia una sociedad justa.

3.3. La dialéctica legalidad - legitimidad.

La filosofía del derecho ha tenido uno de sus mayores problemas en la relación teórica - práctica entre la ética y el Derecho, o de otra manera entre la legitimidad y la legalidad.

3.3.1. Lo legal y lo justo

Bondad no es lo mismo que Justicia. No es lo mismo ser un hombre “bueno” que “ciudadano”. La justicia legal exige dar a cada uno lo suyo, por otro lado la bondad no lo exige, solamente da por encima de toda exigencia; por esta definición parece como si la bondad rebasara la justicia. Pero esta ahí la diferencia en que la legalidad siempre se afianza en la ley, y por el contrario la legitimidad va por la justicia ética. Un claro ejemplo Los abogados son obligados legalmente a mantener su defensa aunque ellos sepan que su cliente ha sido el artífice del delito aunque estos hayan perdido el derecho o razón.

Podríamos definir legalidad como la conformidad de cualquier norma o acción humana con un concreto sistema jurídico, pero aun la legitimidad exige un plus hacia la moralidad. En este apartado es donde la Justicia actual tiene el fallo en su legitimación. Nadie puede dudar la legalidad de las leyes per no obstante si que deberíamos de dudar en si algunas leyes son o no son legítimas, y si están o no estan justificadas.

3.3.2. Su administración

Las leyes son para armonizar la convivencia aunque no siempre son justas y no se ajustan siempre al derecho. La ley es siempre legal pero no siempre moral. La profesión de juez es una de las mas difíciles de llevar a cabo ya que todo juez es un ser humano y esta condicionado por el contexto social, político y cultural del lugar en el que debe aplicar las normas jurídicas, es decir los códigos penales. Y porque del juez depende a veces la vida de un hombre que siga igual o cambie y como podemos comprovar, ellos no están exentos de errores.

El fundamento de una sociedad en democracia y del estado de Derecho se halla en el principio de igualdad civil; todos deberíamos vivir en una sociedad en democracia, los mismos derechos y oportunidades legales. La justicia es la que debe transformar la sociedad en una mas compensada.

3.3.3. La alternativa ética: cometer o padecer injusticia

La justicia es la clave de la filosofía del Derecho y es uno de los valores más importantes de la ética. Es muy fácil considerarse víctima de las injusticia de los demás , un claro ejemplo son, los alumnos que se quejan porque dicen que son víctimas de los profesores. En una persona se puede medir el talante ético y su grandeza por la capacidad que tenga en soportar las injusticias y por las acciones justas que haga con los demás o para ellos.

3.4. La síntesis ético - jurídica: Los derechos humanos

En 1948, tras la Guerra Mundial, los gobernantes de las naciones que habían participado en el conflicto bélico decidieron suscribir una Declaración Universal de Derechos Humanos. Estos no constituyen una concepción del hombre clausurada, absoluta y única, ni un ordenamiento jurídico sistemático y cerrado. Son un conjunto de exigencias éticas que preceden a todo orden legal de cualquier país. Son un intento de que los seres humanos utilicen su razón y su libertad para construir un mundo mejor.

Estos derechos deben ser respetados por todos los seres humanos y deben ser garantizados por todos los gobiernos. El fundamento filosófico de estos derechos esta regido al inicio de la decisión de estos. Todos los gobiernos que firmaron, deben cumplirlos. Pretenden ser universales por lo que son válidos para todos con independencia de su lengua, sexo, religión, etc. No defienden ninguna de las posturas antes ya señaladas y se sitúa entre la ética y el Derecho. En su grado de cumplimiento o incumplimiento se puede observar si un país es, democráticamente justo o injusto.

jueves, 14 de agosto de 2014

Swift Code Bancos de Venezuela

Mercantil Banco Universal C A

Swift Code (BIC)  BAMRVECA
No Bank or Institution City Branch Name Swift Code
1 BANCAMIGA BANCO MICROFINANCIERO CARACAS
BMIGVECA
2 BANCO ACTIVO, C.A. BANCO UNIVERSAL CARACAS
ACTIVECA
3 BANCO AGRICOLA DE VENEZUELA, C.A. BANCO UNIVERSAL CARACAS
BAVEVECA
4 BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, C.A. CARACAS
CONDVECP
5 BANCO CARONI, C.A. BANCO UNIVERSAL CARACAS
CAROVECA
6 BANCO CARONI, C.A. BANCO UNIVERSAL PUERTO ORDAZ
CAROVECA022
7 BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CARACAS
BCVEVECA
8 BANCO DE COMERCIO EXTERIOR CARACAS
BCEVVECA
9 BANCO DE DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE VENEZUELA CARACAS
FIVVVECA
10 BANCO DE EXPORTACION Y COMERCIO C.A. CARACAS
BECUVECA
11 BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL CARACAS
VZLAVECA
12 BANCO DEL ALBA CARACAS
LLBAVECA
13 BANCO DEL CARIBE S.A.C.A. CARACAS
CARBVECA
14 BANCO DEL PUEBLO SOBERANO, C.A. CARACAS
PBLOVECA
15 BANCO DEL TESORO, C.A. BANCO UNIVERSAL CARACAS
BDTEVECA
16 BANCO ESPIRITO SANTO S.A. SUCURSAL VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL CARACAS
BESCVECA
17 BANCO EXTERIOR, C.A. BANCO UNIVERSAL CARACAS
BEXTVECA
18 BANCO GUAYANA C.A. PUERTO ORDAZ
BGUAVECB
19 BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A. CARACAS
INDSVECA
20 BANCO NACIONAL DE AHORRO Y PRESTAMO CARACAS
BNAPVECA
22 BANCO NACIONAL DE CREDITO, C.A. CARACAS (SUCURSAL 001) NCRTVECA001
21 BANCO NACIONAL DE CREDITO, C.A. CARACAS
NCRTVECA
23 BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BU C.A. CARACAS (SUCURSAL CARACAS) BODEVE2MCCS
24 BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BU C.A. MARACAIBO
BODEVE2M
25 BANCO PLAZA CARACAS
PLZAVECA
26 BANCO PROVINCIAL S.A. CARACAS
BPROVECASUC
27 BANCO PROVINCIAL S.A. BANCO UNIVERSAL CARACAS
BPROVECA
28 BANCO PROVINCIAL S.A. BANCO UNIVERSAL MARACAIBO
BPROVECAMAR
29 BANCO PROVINCIAL S.A. BANCO UNIVERSAL PUERTO ORDAZ
BPROVECAPZO
30 BANCO SOFITASA SAN CRISTOBAL
SFTAVE22
31 BANCRECER S.A. BANCO DE DESARROLLO CARACAS
CCERVECA
32 BANESCO BANCO UNIVERSAL CARACAS
UNIOVECA
33 BANPLUS BANCO COMERCIAL, C.A. CARACAS
BEHRVECA
34 BFC BANCO FONDO COMUN, C.A. BANCO UNIVERSAL CARACAS
REPBVECA
35 CITIBANK N.A. SUCURSAL VENEZUELA CARACAS
CITIVECA
36 CORP BANCA C.A. VENEZUELA CARACAS
CONSVECA
37 CORP BANCA C.A. VENEZUELA CARACAS
CONSVECABON
38 CORPORACION ANDINA DE FOMENTO CARACAS
CAFCVECA
39 DEL SUR BANCO UNIVERSAL, C.A. PUERTO ORDAZ
DSURVECP
40 ITALCAMBIO, C.A. CARACAS
ITALVECA
41 MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL CARACAS
BAMRVECA
42 MERCANTIL MERINVEST CASA DE BOLSA CARACAS
MMCBVECA
43 VENEZOLANO DE CREDITO, S.A. BANCO UNIVERSAL CARACAS
VZCRVECA
  







A partir de la fecha de entrada en funcionamiento del SITMES, los mensajes SWIFT serán el medio oficial a través del cual, el Departamento de Cuentas Corrientes suministrará la información acerca de las operaciones ejecutadas, y los formatos impresos se remitirán sólo en caso de eventualidades, mediante el procedimiento descrito en el Instructivo. Sin embargo, con la finalidad de evitar inconvenientes a los clientes que por alguna razón presenten dificultades para obtener a través de sus sistemas los mensajes SWIFT, inicialmente se remitirán tanto los mensajes como los avisos impresos hasta constatar el debido funcionamiento en los procesos de transmisión y de recepción de los mensajes.A partir de la fecha de entrada en funcionamiento del SITMES, los mensajes SWIFT serán el medio oficial a través del cual, el Departamento de Cuentas Corrientes suministrará la información acerca de las operaciones ejecutadas, y los formatos impresos se remitirán sólo en caso de eventualidades, mediante el procedimiento descrito en el Instructivo. Sin embargo, con la finalidad de evitar inconvenientes a los clientes que por alguna razón presenten dificultades para obtener a través de sus sistemas los mensajes SWIFT, inicialmente se remitirán tanto los mensajes como los avisos impresos hasta constatar el debido funcionamiento en los procesos de transmisión y de recepción de los mensajes.En cuanto a las operaciones relacionadas con devoluciones de órdenes de pago, conviene recordar que actualmente las instituciones financieras disponen del Sistema de Transferencias vía Frame Relay para su ejecución y en caso de contingencia la carta orden. Sin embargo, cuando se sustituya el mensaje SWIFT  DCC-298, por mensajería estándar, podrán enviar dicha operación  a través de la red SWIFT. En caso de requerir información sobre el Sistema de Transferencias vía Frame Relay, las especificaciones se encuentran en la página electrónica del BCV, www.bcv.org.ve vínculo de información para el Sistema Financiero Nacional/Servicios de Comunicación, además se puede solicitar orientación al Centro Integrado de Atención Tecnológica (CIAT) del Banco Central de Venezuela, por el teléfono 801.55.52, en el horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.  Se podrá obtener información referida al funcionamiento del SITMES, a través de los teléfonos 801.83.53, 801.83.54, 801.52.49 y 861.06.05 en el horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

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Banco del Tesoro, C.A., Banco Universal. Sede principal: Calle Guaicaipuro, Torre Banco del Tesoro, Urb. El Rosal, Municipio Chacao, Caracas.Venezuela.
Banco del Tesoro, C.A. Teléfonos. 0424-1106169
Banco del Tesoro, C.A. Centro de Atención Telefónica: 0800-BANCA 00 (0800 22622 00)



jueves, 5 de septiembre de 2013

María Virginia García Hernández

MARIA VIRGINIA GARCIA H., abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.972.
A Continuación los escritos y lenguaje  que es capaz de usar esta abogada en un libelo de contestación de demanda. Esta contestación se halla  en el  Expediente AH-16-V-2005-000166 del Tribunal Sexto de Primera Instancia AMC, aún hoy sin sentencia.
Empieza arreglandolo todo de la manera mas fácil y despues califica de absurda la demanda que le dio buenos churupos, y se las da de literata en 24 folios realmente como para no leerlos. Ademas de pletora de épitetos para el demandante los tiene también para el abogado de la parte demandante, algo que debería estar reñido con de Código de Ética de los Abogados, pero bueno el tribunal disciplinario de este Colegio lleva cerrado desde el año 2004.





Aqui unas de sus frases célebres: "soñar es gratis" y "la justicia no es gratis" otra de sus famosas frases



Aquí solo se dedica a insultar y calificar y hablar de lo que menos sabe, como si fuera Juez. La Obra nueva en cuestió lleva paralizada en su ejecución hasta el día de hoy, y tiene ademas una pralización firme de la sentencia Interdicto de Obra Nueva, que se menciona en el expediente 2006- 12098 del tribunal sexto Civil AMC.

Como no se leyó la Sentencia de interdicto de Obra Nueva no vió que la JUEZ testificó la presencia de obreros en esa obra que tenia una Orden de Paralización emitida por la Oficina de Control Urbano del Municipio.



Aquí la muy "Profesional???" se las lanza de psiquiatra y comienza a llamar loco a toal dueñodo el que no le esta pagando los buenos churupos que regularmente recibe por defensas de ciertos personajes con rabo de paja y mucho que ocultar en la mayoria de sus defensas. Y termina afirmando que la obra fue paralizada en el año 2004, tal como si hizo, por afectar a dos viviendas vecinas, no fueron mas pues en el tercer lindero viven los demandados y la otra es la mencionada al final Calle Instrucción.


Parece que esta abogada María Virginia Garcia Hernández es especialista en comportamientos Rastreros y si no que lo digan sus defensas a casos imposibles como al dueño de la cadena que sufrió la quema premeditada de varias tiendas por departamentos.

Bueno aquí paga y se vuelto, sentencia y asevera que los demandados viven donde no viven. Y los alguaciles sin tener donde llevar los carteles de demanda.



lunes, 14 de noviembre de 2011

Extraño incendio consume Tiendas Traki

Extraños Incendios en 3 Tiendas Traki

Jueves, marzo 3, 2011

En solo tres  años,  dos pavorosos  incendios han destruido dos tiendas Traki, El último ocurrió este miércoles en el centro comercial La Cascada de Maturín, Monagas  con saldo de pérdidas mil millonarias y sin víctimas fatales. El segundo incendio, ocurrió en agosto de 2007 en Traki de Puerto Ordaz.
Extrañamente estos incendios sucedieron en dos centros comerciales donde las normas de seguridad industrial son estrictas. Y llama la atención que no son otros comercios los que se queman.
Las autoridades tienen la obligación de iniciar una investigación que se adentre en las entrañas del caso para detectar si el fuego fue provocado o simplemente sucedió por un cortocircuito, acumulación de gases o cualquier otro fenómeno físico.
Según fuentes consultadas, el dueño de TRAKI CCB PLUS, C.A., es ANTONIO CHAMBRA BROURI, quien inauguró Ciudad Traki en Puerto Ordáz. Este ciudadano se vio involucrado en un escandaloso caso que todos recuerdan como Ciudad Lebrún, donde participó el ex magistrado Luis Velásquez Alvaray y se le acusó de presuntas irregularidades. En este follón de compra venta de terreno estuvo involucrada la empresa Inversiones AZ 2000, C.A. , y casualmente su vicepresidente en funciones era Antonio Chambra.
En abril de 2010, el alcalde del Municipio Libertador, Jorge Rodríguez, ordenó el cierre de cuatro tiendas Traki por carecer de permiso para funcionar y por evasión de impuestos.
Pregunta final:  ¿Por CUANTOS MILLARDOS ESTÁN ASEGURADAS contra incendio  LAS TIENDAS Traki en Venezuela? JOSE LUIS CARPIO
Indepabis. Cierre tienda Traki Sabana Grande.


CARTEL

SE HACE SABER:
Al ciudadano DIRECTOR DE INGENIERIA MUNICIPAL DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, y demás personas que tengan interés personal, legítimo y directo en el recurso de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar intentado por la abogada MARIA VIRGINIA GARCIA HERNANDEZ, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.972 actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ANTONIO CHAMBRA BROURI, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 8.942.115, contra el acto administrativo identificado como solicitud MO-05-0078 de fecha 07 de septiembre de 2005, emanado de la Dirección de Ingeniería Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda, que este Juzgado Superior ADMITIO dicho Recurso en fecha 20 de octubre de 2005, ordenando la notificación de los ciudadanos Director de Ingeniería Municipal de Municipio Chacao del Estado Miranda, al Síndico Procurador Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda y al Director en lo Constitucional y Contencioso Administrativo del Ministerio Público; el emplazamiento de los interesados para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la fecha de publicación y consignación del presente cartel en el expediente, en el diario "EL UNIVERSAL" de esta ciudad, a fin de hacerse parte en el citado juicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Dra. Renee Villasana, Jueza Provisoria
Abog. Jackson López, Secretario
Exp. N° 04985
VR/mp



EXTRAÑOS INCENDIOS EN TRAKI. Por: Edgar Gamboa - Desde hace algún tiempo los gigantescos locales de la cadena de tiendas Traki han sufrido una serie de extraños y sospechosos incendios. Por esa razón mucho se habla del empresario Antonio Chambra, propietario de dicho consorcio. Ya ha sucedido en Puerto Ordaz, Maturín y en otros destinos. Hay que investigar el manejo de las pólizas de seguro de esos locales, de repente así se pudieran aclarar y descubrir algunas cosas.




Cuidad Lebrún. Petare.


Un enorme “sobreprecio” aparentemente se incluyó en los Bs.50.200 millones que pagó el Tribunal Supremo por un desvencijado edificio industrial de 4 pisos en el sector Lebrún de Petare, de acuerdo con un reportaje de Vilma Canelón publicado en el último ejemplar del semanario Las Verdades de Miguel. El comprador estuvo representado por el Magistrado Luis Velásquez Alvaray y el vendedor fue Inversiones AZ 2000, C.A., una empresa del grupo Antonio Chambra Brouri. El precio incluye Bs.14.200 millones por el terreno y el edificio más Bs.31.300 millones por costos de remodelación no especificados y Bs.4.700 millones de IVA. Supuestamente el edificio se convertirá en la sede de los tribunales mercantiles y civiles del área de Caracas.

Incendio Tiendas Traki Upata. 


Upata.- Un incendio registrado en horas de la madrugada de ayer afecto el segundo y tercer piso de tiendas Traki, ubicado en la esquina de las calles Sucre y Miranda, frente a la plaza Bolívar de esta ciudad. El incidente estuvo a punto de generar una tragedia de grandes proporciones.
El incendio comenzó cerca de las 3 de la madrugada en el tercer piso del referido establecimiento comercial. Vigilantes y transeúntes notaron que una nube de humo salía del interior del edificio y de inmediato informaron a los organismos de seguridad.
Funcionarios del Cuerpo de Bomberos, Policía del Estado Bolívar, Emergencias 171, Protección Civil, Policía Municipal de Piar y Guardia Nacional llegaron al lugar del suceso para aplicar los procedimientos correspondientes.
La teniente coronel (B) Zurimar Arbeláez, comandante del Cuerpo de Bomberos de Upata coordinó personalmente las acciones, dirigidas en principio a confinar las llamas en el tercer piso y evitar que se propagaran, para finalmente sofocarlas.
Sin embargo, la falta de equipos adecuados para combatir el incendio a la altura del tercer piso retraso un poco las labores. Los bomberos requirieron el apoyo de funcionarios y las unidades de Corpoelec desconectar el fluido eléctrico, además de elevar a los uniformados a lo alto del edificio.
Arbeláez también agradeció el apoyo del departamento de control de incendio de Sidor, el cual envió equipos y personal para ayudar a sofocar las llamas que amenazaron con expandirse a lo largo y ancho de la tienda por departamento.
La Comandante del Cuerpo de Bomberos de Upata señaló que gracias a la tenacidad y vocación de los funcionarios bomberiles se pudo controlar y sofocar el incendio, el cual gracias a Dios, solo arrojó pérdidas materiales. Las labores culminaron pasadas las 8 de la mañana.
Reconoció la falta de equipos y personal profesional para cumplir de manera más eficaz y efectiva las labores. Se siente orgullosa de comandar el cuerpo de Bomberos de Upata, pues sus funcionarios además de estar capacitados, dan el todo por el todo en función de resguardar la integridad física y material de los piarense.
Aún desconocen las causas que provocaron el incendio. En las próximas horas, un grupo de profesionales realizarán las investigaciones y análisis de rigor, para determinar científicamente los motivos por el cual se generó el incidente.













¡Gracias a Dios existen los Seguros Contra Incendios!

Protege al inmueble o al mobiliario, maquinaria y equipo (contenido dentro del inmueble) que forman parte del patrimonio del Asegurado. Las Pérdidas Consecuenciales protegen al asegurado contra posibles pérdidas económicas que pudiera sufrir, derivada de la paralización o entorpecimiento de las actividades normales, a consecuencia de los daños ocasionados por incendio, rayo y coberturas adicionales contratadas. ¡Y ademas se dejan estafar!



Más escándalos de TIENDAS Traki.
 

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La abogada Maria Virginia Garcia


miércoles, 27 de abril de 2011

Como estafar a una aseguradora.

Apreciado lector, hoy te voy a contar como se estafa a una aseguradora, pensaras que es algo dificil, pero no es algo muy fácil, es tan fácil, que hasta se diria que les gusta que las estafen. Lo primero es tener un abogado cerca e imprescindible eso que llaman "personas interpuestas" y obtener unos digamos vehículos a los cuales quieres liquidar en forma rápida, es decir obtener liquidez, es decir que te los pague la aseguradora.
Luego es menester crear la red de manera que la seguradora no sospeche y pague. Simulas un hecho punible, un hurto digamos, denuncias todo y luego cobras tus seguro para no levantar sospechas, usas los otros nombres en las otras felonias y así siempre estas recibiendo dinero.
Me enteré de este modus operandi en forma circunstancial, ahonde en el asunto y consegui hasta los datos filiatorios de los felones y reportes de siniestro y DNI, trate de denunciar esto ante las aseguradoras y adivine que: "NO LES IMPORTA", no reciben denuncias, ni mucho menos investigan por su cuenta, si ven que sus numeros se acercan al rojo, solo amentan las primas de los seguros y compensan. ¿Qué tan dificil es obtener unos datos y cruzarlos en una base de datos? ¿Ir a un registro civil y averiguar datos filiatorios?, yo lo hice, y aún así no les importa. Las compañias emisoras de Tarjetas de Crédito tienen una asociacion entre ellas para evitar a estafadores de este tipo: ¿Por que no las Aseguradoras?

Guía para idiotas sobre lavado de dinero.

Lea como la opacidad del Sistema Financiero Internacional  hace que ni siquiera se sepa qué empresas, o personas con grandes fortunas (véase el caso Berlusconi) o criminales (véase la trama liderada en España por Gao Ping) están utilizando esos paraísos fiscales para no pagar impuestos o blanquear dinero. He aquí una guía para idiotas aceca de cómo lavar dinero: Money laundry for DUMMIES. Hace apenas unas horas he asistido en Noruega a una conferencia de George Papandreou, ex Primer Ministro de Grecia. En su discurso, Papandreou ha explicado que el problema de fondo de la crisis actual es el aumento de la desigualdad y la asociada concentración de la riqueza. Actualmente, el 1% de la población posee el 40% de la riqueza mundial. La concentración de la riqueza ha conllevado una alta concentración de poder, y los que han acaparado ese poder lo están utilizando para determinar las reglas del juego de acuerdo con sus propios intereses, secuestrando a menudo nuestras propias instituciones y democracias. 
Son las palabras de un ex Primer Ministro, no las nuestras, pero nos parece que explican bien por qué persisten, a pesar de la crisis que estamos sufriendo, reglas fiscales ineficaces y aberraciones como los paraísos fiscales y la opacidad financiera. Lo que no ha dicho Papandreou es que nosotros somos el 99% restante. Si estamos dispuestos a actuar, eso debería ser motivo suficiente para la esperanza.

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jueves, 14 de abril de 2011

Solicitud Cupo de Divisas CADIVI

Apreciado Lector hoy te escribo pues tuve que hacer mis tamites ante CADIVI para solicitar divisas y de ese Clavario me quedó todas estas experiencias:
REQUISITOS:
a.-  3 Carpetas marrones tipo oficio.
b.-  3 Ganchos para carpetas N° 22.

c.-   3 etiquetas de 12cm x 6cm aprox., y 3 etiquetas de 4cm x 2cm aprox.
Nota: estas etiquetas las venden en las papelerías, son parecidas a las que uno usaba en el colegio para identificar los cuadernos, pero éstas están en blanco. También, si lo desean, pueden usar simplemente papel, recortarlo del tamaño indicado y pegarlo con pega de barra.

d.- 12 separadores. (dichos separadores pueden ser hojas de papel, de cartulina, o los separadores con pestañas que venden en las papelerías, de preferencia de color distinto al blanco).

e.- 3 copias de la cédula de identidad ampliada. (no existe algún reglamento o norma que indique a qué tamaño debe ser ampliada ).

f.- 3 copias del Acta de Consiganación de Documentos debidamente llenada.

g.- 1 abre huecos.

h.- 3 copias de la solicitud de divisas para operaciones electrónicas.

i.- 1 bolígrafo tinta color negro.


Primero rellenemos la etiqueta:
En la primera etiqueta (la etiqueta grande) van a colocar:

“Solicitud de Autorización de Divisas para Realizar Pagos de Consumo de Bienes y Servicios con Tarjeta de Crédito a Proveedores en el Extranjero desde la República Bolivariana de Venezuela”

                                            (NOMBRE DEL SOLICITANTE)

                                  C.I: V-(CÉDULA DEL SOLICITANTE)

                                      Solicitud N°.: (NÚMERO DE SOLICITUD)


Y en la segunda etiqueta van a colacar:

Solicitud N°.: (NÚMERO DE SOLICITUD).  Esta etiqueta va colocada en la pestaña de  cada una de las carpetas.


El NÚMERO DE SOLICITUD aparece en la FORMA 014f-02.

Colocar folios en  cada carpeta:
 
1.- El ACTA DE CONSIGNACIÓN.

2.- El primer separador que DEBE decir "Plantilla: Solicitud de Autorización de Divisas para Realizar Pagos de Consumo de Bienes y Servicios con Tarjeta de Crédito a Proveedores en el Extranjero desde la República Bolivariana de Venezuela”.  Marcar: UNO(1) borde derecho.

3.- La solicitud FORMA 014f-02. Marcar: DOS(2) borde derecho.

4.- El segundo separador que dice " Copia de la cédula de identidad". Marcar: TRES(3) borde derecho.

5.- La fotocopia de la cédula de identidad ampliada. Marcar: CUATRO(4) borde derecho.


Después de terminadas las 3 carpetas se debe acudir a las oficinas del banco emisor de su tarjeta de crédito para iniciar el trámite, válido solo por un año. Alli en en banco le añaden un nuevo folio marcado:
CONSTANCIA DE RECEPCION DE DOCUMENTOS.

Puedes ver un buen video del procedimiento completo en : http://www.youtube.com/watch?v=yi4rZrtXM7A


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