martes, 29 de marzo de 2011

Fonbienes pierde Juicio

Se declaró SIN LUGAR la pretensión de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO. De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora (Sociedad mercantil CONSORCIO FONDO DE BIENES DE VENEZUELA) por haber resultado totalmente vencida en la presente causa.
Extracto

Sentencia de Juzgado Sexto 1ª Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito, 9 de Octubre de 2007 (caso CONSORCIO FONDO DE BIENES DE VENEZUELA, FONBIENES VS MARIANELLA DÍAZ FIGUEROA)
TSJ Regiones - Decisión
LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
PARTE ACTORA: Sociedad mercantil CONSORCIO FONDO DE BIENES DE VENEZUELA, FONBIENES, C.A., de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda bajo el Nº 97, Tomo 65-A Qto, en fecha 23 de octubre de 1996.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: FRANCISCO HURTADO VEZGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-8.789.121, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 37.993.
PARTE DEMANDADA: MARIANELLA DÍAZ FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-10.816.759.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: GEMA CECILIA MARTÍNEZ DURÁN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-5.425.160, abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 63.074.
MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO
EXPEDIENTE: Nº 11854
ANTECEDENTES
Se inició el presente juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, mediante demanda interpuesta por el abogado Francisco Hurtado Vezga, inscrito en el INPREABOGADO bajo el ...

Ver estos enlaces al TSJ:  http://jca.tsj.gob.ve/DECISIONES/2011/FEBRERO/1668-16-NP01-P-2010-002986-.HTML

y esta otra:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/Julio/1935-220705-05-0604.htm



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