lunes, 28 de marzo de 2011

MARIA VIRGINIA GARCIA HERNANDEZ

República Bolivariana de Venezuela. Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, (en Sede Constitucional). Caracas, 21 de septiembre de 2006. Años: 196° y 147°

CARTEL DE NOTIFICACION

SE HACE SABER:

A los ciudadanos GLADYS GIANNOTTI OJEDA de CASTILLO, GUSTAVO GIONNOTTI OJEDA y GUILLERMO GIANNOTTI OJEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 631.515, 3.624.432 y 3.886.705, respectivamente, en su propio nombre o en la persona de su apoderada judicial MARIA VIRGINIA GARCIA HERNANDEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.972; que por auto de fecha 28 de junio de 2006 este Tribunal admitió la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano JULIO CESAR SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.129.961, representado por MAGALY ALBERTI VASQUEZ y EMIRA GONZALEZ de RAMIREZ, abogadas en ejercicio, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 4.448 y 7.073, en el mismo orden de mención, contra la decisión de fecha 21 de diciembre de 2005 proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRAVENTA seguido en contra del hoy accionante en el presente amparo, en el expediente signado con el N° 39.969 (nomenclatura de este Tribunal). Se le advierte que una vez conste en autos la publicación y consignación en el expediente del presente cartel y la secretaria deje constancia de haberse dado cumplimiento con las formalidades exigidas por el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, fijará mediante auto expreso oportunidad para que tenga lugar la audiencia oral y pública, a fin de que las partes esgriman las defensas que consideren pertinentes.

El Juez,

Arturo Martínez Jiménez

Exp. N° 06-9787

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